lunes, 5 de agosto de 2013

PROTESTA CONTRA LA PEDOFILIA

EN MARRUECOS Y POR EL PERDON REAL A UN CONDENADO ESPAÑOL

Miles de personas se enfrentaron a la policía en varias ciudades indignadas por el perdón a un acusado de violar a once chicos. El rey dijo que firmó el indulto a 48 españoles por pedido del rey Juan Carlos.



Marruecos fue sacudida por duras protestas en la noche del viernes, madrugada del sábado en horario argentino, por un inesperado perdón real a un pedófilo. El martes, el rey Mohamed VI firmó un indulto que incluye a 48 españoles detenidos y con condena en firme por varios delitos cometidos en territorio marroquí. Según el rey, lo hacía por pedido de su par español, Juan Carlos de Borbón. La medida fue aceptada sin mayores comentarios hasta que se supo que incluía a un pedófilo de 60 años que fue condenado en 2011 a 30 años de prisión por violar a chicos de entre 4 y 15 años. Este viernes, día de oración y comienzo del fin de semana musulmán, estallaron las protestas en importantes ciudades del país.

La principal manifestación se llevó a cabo por la noche en Rabat, cerca del Parlamento. La represión fue violenta y varias decenas de personas resultaron heridas. Otras manifestaciones se desarrollaron en el norte, en Tánger y en Tetuán, ambas dispersadas por las fuerzas de seguridad. El mismo viernes por la noche se difundieron en Internet y por las redes sociales decenas de fotos y videos de manifestantes ensangrentados y golpeados por la policía, acompañados con centenares de comentarios de indignación. Hasta ayer, la policía ni siquiera había informado sobre el número de arrestados, que parece que fue muy alto. En las redes sociales se llamaba a realizar sentadas el martes y el miércoles en Casablanca, capital económica, y en Rabat, para pedir que los liberen.

Según Maelainin Ettaki, una responsable local de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos (AMDH), la ciudad de Agadir fue la única donde no hubo represión. La policía, que en un primer momento intentó intervenir, dejó que se desarrollara una sentada de unos centenares de personas.

El rey Mohamed VI incluyó en su indulto del martes a un pedófilo español de unos 60 años, condenado en 2011 a 30 años de prisión por violar a once menores de edad de entre 4 y 15 años. Estaba encarcelado en la prisión de Kenitra en el norte de Marruecos. Según un comunicado publicado el mismo día de la firma, Mohamed VI “ordenó la liberación de 48 prisioneros españoles (...) en respuesta a una solicitud (...) por el rey Juan Carlos”, que efectuó a mediados de julio una visita oficial a Marruecos.

El español indultado ya habría partido de Marruecos pero su liberación generó una ola de indignación y circulan versiones contradictorias sobre inclusión de este condenado en la lista. Denunciando un hecho de “extrema gravedad” la oposición española exigió el sábado una “explicación inmediata” al gobierno. La prensa oficial marroquí no mencionó las protestas y el gobierno tampoco las aludió. La clase política local mantuvo un perfil bajo en relación al caso. Sólo el Partido Socialista Unificado (PSU, oposición) reclamó que se suprima el derecho a indultar, prerrogativa exclusiva del monarca.

El gobierno, dominado por los islamistas del Partido Justicia y Desarrollo, intenta reconstruir una coalición tras la dimisión de su principal aliado. El partido evitó pronunciarse sobre el caso. Sólo de manera personal un dirigente se mostró más crítico. “Hay que reconocer que el indulto de este pedófilo es un error”, dijo el diputado Abdelali Hamiedin. “Los marroquíes tienen el derecho a manifestar cuando se sienten humillados y las fuerzas de seguridad no tienen derecho a intervenir con tanta violencia”, añadió.

En los últimos meses varios casos de pedofilia salieron a la luz en Marruecos. En junio, un británico fue detenido en Tetuán y en mayo, un francés de 60 años fue condenado a 12 años de prisión por un tribunal de Casablanca. En mayo miles de personas participaron en una “marcha blanca” en Casablanca para denunciar la pedofilia y la violencia contra los niños, luego de la agresión de una niña de nueve años.

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viernes, 2 de agosto de 2013

SÍNDROME DE ADAPTACIÓN PARADÓJICA A LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

SíNDROME DE ADAPTACIÓN PARADÓJICA 
A LA VIOLENCIA DOMÉSTICA




A pesar de que en la actualidad las cifras que intentan mostrar un perfil de la violencia íntima contra la mujer en el marco de relaciones afectivas recogen los beneficios de un progresivo aumento de la publicidad y la concientización social con respecto a épocas anteriores, lo cierto es que aún queda mucha realidad oculta por conocer.



Diversos factores han contribuido  a que los contornos del fenómeno se expongan a la luz pública   pero en muchas ocasiones el silencio de la víctima y el mutismo, a pesar de observar el problema, de quienes le rodean, obstaculizan la búsqueda de soluciones. Entre  los elementos que mantienen a la mujer en silencio sobre el maltrato que está sufriendo se encuentran diversos procesos paralizantes generados y mantenidos por el miedo, la percepción por la víctima de una ausencia de vías de salida de la situación de tortura, y la carencia de recursos alternativos, sobre todo en el caso de mujeres con hijos que no vislumbran, por causas variadas, un apoyo externo viable.

En muchos casos puede observarse que tanto mujeres de perfil social considerado más independiente como aquellas otras de dependencia más ligada a un núcleo familiar del tipo que sea, comparten la reacción paradójica de desarrollar un vínculo afectivo gradualmente más fuerte con sus agresores, llegando al punto de asumir las excusas esgrimidas por el agresor tras cada paliza y de aceptar sus arrepentimientos, retirar denuncias policiales cuando han tenido un momento de lucidez y las han presentado, o detener procesos judiciales en marcha al declarar a favor de sus agresores antes de que sean condenados.El síndrome de Estocolmo es un conjunto de reacciones psicológicas observadas en personas sometidas a cautiverio mediante las cuales las víctimas acaban manifestando una paradójica adhesión a la causa de los secuestradores, estableciéndose cierto tipo de procesos de identificación entre rehenes y captores e, incluso, desarrollándose lazos afectivos y de simpatía en el marco del contexto traumático del secuestro. En muchos aspectos, es posible establecer un paralelismo muy claro entre la emergencia de vínculos paradójicos en experiencias de personas sometidas a secuestro y en mujeres que sufren violencia en la intimidad, a modo de un Síndrome de Adaptación Paradójica a la Violencia Doméstica.

Igual que las personas en períodos prolongados de aislamiento durante un secuestro, las mujeres maltratadas sufren una exposición constante al miedo que provoca la agresión física continuada en su espacio íntimo. Los iniciales estados agudos de ansiedad se cronifican pasando a generar cuadros depresivos que se unen a las claves traumáticas del escenario de violencia para producir una configuración en donde la mujer, cada vez más aislada del mundo seguro que conocía junto a su pareja íntima, comienza a perder la noción de una realidad que ya no reconoce.La ruptura del espacio de seguridad en su intimidad, consecuencia de la conversión de su pareja de referente de seguridad y confianza a fuente de agresión y peligro, será el eje de desorientación sobre el que pivotará la incertidumbre acerca de cuándo y porqué se producirá la siguiente paliza. La mujer, ante estas perspectivas, pierde la capacidad de anticipar adecuadamente las consecuencias de su propia conducta y cede, cada vez más, a la presión de un estado de sumisión y entrega que le garantiza unas mínimas probabilidades de no errar en su comportamiento. El agresor mostrará momentos de arrepentimiento que contribuirán aún más a desorientar a la víctima y a incrementar la auto-culpabilización de la mujer. La incapacidad de la víctima para poner en práctica recursos 
propios u obtener ayuda externa para disminuir el riesgo de agresión impulsará a la mujer a adaptarse, vinculándose paradójicamente a la única fuente que percibe de acción efectiva sobre el entorno: su pareja violenta. Para ello, disociará las experiencias negativas de las positivas y se concentrará en estas últimas, asumiendo la parte de arrepentimiento de su agresor, sus deseos, motivaciones y excusas, y proyectando su propia culpa al exterior de la pareja, protegiendo así su debilitada autoestima y modificando su identidad. Después, cada una de las percepciones e informaciones que reciba la mujer pasarán por el filtro del nuevo modelo mental que ha asumido para explicar su situación, complicándose en gran medida las probabilidades de extraer a esa víctima del entorno de violencia. En mujeres con relaciones personales muy limitadas al espacio doméstico, cuyas oportunidades de intercambio en otros ámbitos estén restringidas, la percepción de su espacio vital puede ser bastante similar a la de un cautivo.

El Síndrome de Adaptación Paradójica a la Violencia Doméstica es, pues, un proceso generado por el miedo, potenciado por el aislamiento y la carencia de apoyo externo perceptible, y mantenido por ciertos estilos de personalidad en la víctima.

Este síndrome de adaptación crea un nuevo modelo para entender la realidad de violencia. Desde la Universidad Autónoma de Madrid se está desarrollando una investigación de campo, dirigida por el profesor José Antonio Carrobles, con el objetivo de 
aportar un marco científico que lo defina, establecer medidas de psicología preventiva en los protocolos de atención a las víctimas y encontrar los procedimientos de intervención especifícos para desactivarlo.

Detectar la presencia de este síndrome no es complicada pero contrarrestar sus efectos sí puede serlo. La actitud de quienes mantienen  el primer contacto con las víctimas de violencia doméstica  como pueden ser centros de atención sanitaria o social, juzgados o comisarías de policía, es esencial  para identificarlo e introducir elementos de apoyo que permitan a la mujer salir de la dinámica circular que la mantiene expuesta a la agresión.

Los indicadores del síndrome no son, en realidad, nuevos en los ámbitos de atención a la mujer: se trata de víctimas que se autoculpabilizan, que guardan silencio sobre el maltrato, que justifican cualquier golpe racionalizando los motivos de su agresor y apelando al vínculo afectivo que les queda. Sin embargo, hasta que dispongamos de instrumentos terapéuticos que se puedan aplicar con efectividad, conocer el significado e implicaciones de esos signos, quizás introduzca prácticas que sirvan para sacar a más víctimas de sus contextos de violencia. La intervención del Síndrome de Adaptación sobre el mantenimiento del estatus de violencia requiere reforzar determinados parámetros en los servicios de atención a la mujer y nos demuestra que el maltrato en la intimidad es un problema social complejo que requiere cuidar y evaluar de modo sistemático los mecanismos de asistencia y atención a las víctimas.

 El apoyo social y la calidad de la información que reciban las mujeres sometidas a maltrato son ingredientes básicos, pero pueden ser  contraproducentes si son administrados con descuido o rutina.

Cuando en nuestro entorno tenemos la sospecha o detectamos una situación de maltrato, más importante que hablar del problema en sí mismo con la víctima es exponer nuestra disposición para ayudarla  y difundir señales de confianza. Generar espacios de seguridad alternativos, que sustituyan a los fragmentados en la víctima, puede ser la llave para la apertura de un canal de comunicación que será determinante para extraer a la mujer del núcleo de la violencia.

__________________________________________________ 
 Por Andrés Montero Gómez -      Presidente de la Sociedad Española de Psicología de la Violencia  (http://www.sepv.org) 
Miembro de la International Society for Research on Aggression 
Psicólogo Clínico. Investigador en la Universidad Autónoma de Madrid 
AMontero@sepv.org 

FUENTE: MUJERES DEL MEDITERRÁNEO

SÍNDROME DE ESTOCOLMO EN MUJERES MALTRATADAS

 A pesar de que en la actualidad las cifras de incidencia en lo relativo a la violencia contra la mujer ejercida por esposos o compañeros sentimentales, o en el marco de relaciones afectivas de otro tipo, están ganando en publicidad progresivamente con respecto a épocas anteriores, lo cierto es que aún queda mucha realidad oculta por conocer.



Al tiempo que varios son los factores que han contribuido a que los contornos del fenómeno se expongan a la luz pública denunciados por la mujer, diversos son también los elementos que ayudan a que el silencio de la víctima sea un obstáculo en la búsqueda de vías de solución para numerosos casos de violencia contra las mujeres. Entre estos últimos, entre los elementos que mantienen a la mujer en silencio sobre el maltrato que está sufriendo, se pueden contar diversos procesos paralizantes relacionados y generados por el miedo, la percepción de una ausencia de vías de escape o salida por parte de la víctima, y la carencia de recursos alternativos, sobre todo en el caso de mujeres con hijos que no vislumbran, por causas variadas, un apoyo externo viable.

Sin embargo, quienes trabajan buscando explicaciones y líneas de actuación para sofocar el fenómeno de la violencia y atajar sus consecuencias, conocen que en no pocas ocasiones mujeres a las que se supone una independencia personal o económica y una posibilidad de acceso a recursos alternativos continúan en relaciones donde sufren violencia. Estas mujeres, que desarrollan actividades que hacen pensar que no están sometidas a una parálisis o retracción por miedo y que incluso llegan a emprender con éxito iniciativas en varios ámbitos de sus vidas, parecen sin embargo incapaces de denunciar a sus agresores, con quienes siguen conviviendo, y mucho menos de abandonar la relación. Por otra parte, este tipo de mujeres, de perfil social considerado más independiente, y aquellas otras de dependencia más ligada a un núcleo familiar del tipo que sea, comparten la reacción paradójica de desarrollar un vínculo afectivo todavía más fuerte con sus agresores, defendiendo sus razones, retirando denuncias policiales cuando han tenido un momento de lucidez y las han presentado, o deteniendo procesos judiciales en marcha al declarar a favor de sus agresores antes de que sean condenados.  Estos efectos paradójicos se producen y quizás sea tiempo de ir buscando sus mecanismos y líneas de intervención.

TEORÍAS

1)
Algunos teóricos han tratado de arrojar luz sobre la ocurrencia de estos vínculos paradójicos entre víctima y agresor, fundamentalmente apelando a claves afectivas o emocionales que aparecen en el contexto del entorno traumático. Dutton y Painter (1981) han descrito un escenario en el que dos factores, el desequilibrio de poder y la intermitencia en el tratamiento bueno-malo, generan en la mujer maltratada el desarrollo de un lazo traumático que la une con el agresor a través de conductas de docilidad. Según Dutton y Painter, el abuso crea y mantiene en la pareja una dinámica de dependencia debido a su efecto asimétrico sobre el equilibrio de poder, siendo el vínculo traumático producido por la alternancia de refuerzos y castigos. Sin embargo, esta teoría descansa aparentemente sobre la base del condicionamiento instrumental que, desde nuestra perspectiva, es válido para dar cuenta de algunos aspectos del repertorio de victimización (principalmente de aquellos referidos a la indefensión aprendida), pero falla en cubrir el complejo aparato psicológico asociado con este tipo de vínculos paradójicos.Según nuestro entendimiento, la incertidumbre asociada a la violencia repetida e intermitente es un elemento clave en el camino hacia el desarrollo del vínculo, pero no su causa única.Además, la teoría no toma en consideración que alguna esfera de desequilibrio de poder es en cierta medida inherente a muchas relaciones humanas: en las parejas traumáticas no parece ser una consecuencia sino un antecedente al abuso.

2)

Otro modelo que busca una explicación para el comportamiento paradójico de las mujeres maltratadas es el tratamiento factorial de Graham sobre reacciones tipo síndrome de Estocolmo en mujeres jóvenes que mantienen relaciones de noviazgo (Graham, Rawlings, Ihms, Latimer, Foliano, Thompson, Suttman, Farrington y Hacker, 1995). Su modelo factorial toma la forma de una escala de evaluación de 49 ítems alrededor de un núcleo caracterizado por distorsiones cognitivas y estrategias de coping, y dos
dimensiones secundarias denominadas ‘daño psicológico’ y una más ambigua ‘amor-dependencia’. La teoría de Graham, de propósitos evaluativos, perfil topográfico y metodología correlacional, fue diseñada para detectar la aparición de síntomas del síndrome de Estocolmo en mujeres jóvenes sometidas a abuso por parte de sus compañeros sentimentales, y está basada en la idea de que el síndrome es el producto de un tipo de estado disociativo que lleva a la víctima a negar la parte violenta del comportamiento del agresor mientras desarrolla un vínculo con el lado que percibe más positivo, ignorando así sus propias necesidades y volviéndose hipervigilante ante las de su agresor (Graham y Rawlings, 1991). Sin embargo, mientras esta explicación puede ser válida para describir alguno de los procesos globales implicados en el síndrome, no proporciona una hipótesis teórica sobre la naturaleza del proceso traumático más allá de algunos de sus elementos constituyentes.

Por nuestra parte, ante el déficit de teorías que den cuenta con la mayor precisión de los procesos y dinámicas psicológicas en este tipo de efectos paradójicos, y trabajando en una estructura teórica similar para el Síndrome de Estocolmo (Montero, 1999), hemos desarrollado un modelo aplicable al ámbito de la violencia ejercida contra la mujer.

3)

La hipótesis, presentada bajo el título ‘FEATURING DOMESTIC STOCKHOLM SYNDROME. A COGNITIVE BOND OF PROTECTION IN BATTERED WOMEN’ en el XIV Congreso de la International Society for Research on Aggression, celebrado en Valencia entre el 9 y el 14 de julio de 2000, trata de exponer una estructura secuencial de reacciones psicofisiológicas que, de un modo dinámico, acaban por generar en la mujer una variante del Síndrome de Estocolmo clásico (Montero, 2000).

Sin entrar en descripciones demasiado técnicas, el Síndrome de Estocolmo Doméstico (abreviadamente SIES-d) sería descrito como un vínculo interpersonal de protección, construido entre la víctima y su agresor, en el marco de un ambiente traumático y de restricción estimular, a través de la inducción en la víctima de un modelo mental (red intersituacional de esquemas mentales y creencias). La víctima sometida a maltrato desarrollaría el SIES-d para proteger su propia integridad psicológica y recuperar la homeostasis fisiológica y conductual.

La caracterización del SIES-d vendría determinada por un patrón de cambios cognitivos, su funcionalidad adaptativa y su curso terminal como resultado de un proceso reactivo acaecido en la víctima ante la situación traumática. El proceso abarcaría cuatro fases: desencadenante, reorientación, afrontamiento y adaptación. En la fase desencadenante, las primeras palizas propinadas por el esposo romperían el espacio de seguridad previamente construido por la pareja sobre la base de una relación afectiva, espacio donde la mujer había depositado su confianza y expectativas: esta ruptura desencadenaría en la víctima un patrón general de desorientación, una pérdida de referentes, reacciones de estrés con tendencia a la cronificación e, incluso, depresión. En la fase de reorientación, la mujer busca nuevos referentes de futuro y trata de efectuar un reordenamiento de esquemas cognitivos en base al principio de la congruencia actitudinal, todo ello en orden a evitar la disonancia entre su conducta de elección y compromiso con la pareja y la realidad traumática que está viviendo. La mujer se autoinculpa de la situación y entra en un estado de indefensión y resistencia pasiva, llegando así a una fase de afrontamiento, donde asume el modelo mental de su esposo y busca vías de protección de su integridad psicológica, tratando de manejar la situación traumática. En la última fase de adaptación, la mujer proyecta parte de la culpa al exterior, hacia otros, y el Síndrome de Estocolmo Doméstico se consolida a través de un proceso de identificación y alrededor del modelo mental explicativo del esposo acerca de la situación vivida en el hogar y sobre las relaciones causales que la han originado.



El SIES-d, como un tipo de trastorno de adaptación, sería el responsable del efecto paradójico encontrado en muchas mujeres que sufren maltrato en sus hogares, según el cual las víctimas defenderían a sus agresores como si la conducta agresiva que exhiben hacia ellas fuera el producto de una sociedad injusta, y estos mismos esposos fueran víctimas de un entorno que los empujara irremediablemente a ser violentos. Las mujeres maltratadas afectadas por el SIES-d, sobre la base de la asunción de las explicaciones esgrimidas por sus esposos o compañeros, retardarían indefinidamente la denuncia de la situación a las autoridades, observándose una gran proporción de casos de agresión en este ámbito que no salen del entorno donde se producen por la incapacidad de la víctima de denunciar los hechos. Incluso en numerosas de estas ocasiones, las denuncias por  vía penal presentadas ante la autoridad judicial o policial son retiradas por las propias víctimas antes de que se traduzcan en sanciones efectivas para los agresores, creándose un círculo vicioso que mantiene las agresiones y sume a la víctima en un progresivo estado de deterioro personal.





El adjetivo ‘doméstico’

Montserrat Boix, coordinadora de Mujeres en Red, ha llamado acertadamente mi atención sobre los condicionantes semánticos que podrían derivarse de la utilización del término ‘doméstico’ para calificar la manifestación del síndrome en el entorno que estamos analizando.En realidad el modificador ‘doméstico’ ha sido elegido por dos razones: una de precisión conceptual y otra de economía, mitad clínica, mitad cognitiva. Nos explicamos.

Si entendemos doméstico como referido únicamente al recinto limitado por el domicilio, es cierto que las mujeres no son únicamente maltratadas en el entorno doméstico y, además, no sólo por sus maridos, sino también por parejas con las que no conviven. El uso del término no niega esta realidad y tampoco deseamos que la categoría se aplique a elementos dentro del fenómeno de la violencia contra la mujer que no incluyan exactamente las características de un síndrome de Estocolmo. Si presuponemos, en cambio, que es en el ambiente doméstico donde más probabilidades tiene de gestarse en SIES-d, asumiendo implícitamente que se puede dar en otras configuraciones ambientales. Pero es que ‘doméstico’ no se utiliza en sentido restrictivo, sino aceptando que la acepción no se circunscribe de modo reductivo al espacio físico de la vivienda, sino que se amplía a un espacio más amplio de experiencias vivenciales que ejercen de elementos autorreferenciales. ¿Es posible negar que en la mayoría de los casos que se observen, de modo simbólico, la pareja afectiva pasa a formar parte del entorno doméstico entendido como anillo referencial primario para la identidad de la persona?.

Por último, desde una perspectiva clínica, la denominación apunta exactamente hacia lo que quiere definir, igual que desde un punto de vista de comprensión rápida por cualquiera que reciba el concepto SIES-d y sepa qué es el síndrome de Estocolmo clásico: la asociación entre doméstico, SIES y violencia contra la mujer es automática.

Por Andrés Montero
Sociedad Española de Psicología de la Violencia
AMontero@sepv.org
http://www.sepv.org


REFERENCIAS

-Dutton, DG; Painter, SL (1981). Traumatic bonding: the development of emotional attachments in battered women and other relationships of intermittent abuse. Victimology: an International Journal, 6: 139-155.
-Graham, DL; Rawling, EL (1991). Bonding with abusive dating partners: dynamics of Stockholm syndrome. In B. Levy (ed) Dating Violence, Women in Danger. Seattle, WA: Seal Press.
-Graham, DL; Rawlings, EL; Ihms, K; Latimer, D; Foliano, J; Thomson, A; Suttman, K; Farrington,
M; Hacker, R (1995). A scale for identifying Stockholm syndrome reactions in young dating women: factor structure, reliability and validity. Violence and Victims 10 (1): 3-22.
-Montero, A (1999). Shaping the etiology of the Stockholm Syndrome: hypothesis of the Induced Mental Model. IberPsicología, 5 (1):4
-Montero, A (2000). Featuring Domestic Stockholm Syndrome: a cognitive bond of protection in battered women. Proceedings of the XIV World Meeting of the International Society for Research on Aggression.

FUENTE: MUJERES DEL MEDITERRÁNEO

AUMENTAN ASESINADOS EN MUJERES DE CENTROAMÉRICA POR VIOLENCIA DE GÉNERO ( FEMICIDIOS/ FEMINICIDIOS)

Organizaciones de mujeres de Honduras, El Salvador y Guatemala denunciaron que los casos de femicidio/feminicidio y de violencia contra las mujeres han aumentado, pese a la existencia de leyes y mecanismos que tipifican los crímenes y marcan las pautas para prevenirlos.
El Observatorio de la Violencia de la Universidad Autónoma de Honduras señaló que entre 2005 y 2012 el femicidio/feminicidio ha aumentado 3 por ciento cada año. En promedio, anualmente 51 mujeres pierden la vida de forma violenta en ese país centroamericano.




El 98 por ciento de los crímenes en Honduras permanece en la impunidad, a pesar de la reciente reforma al Código Penal, que ahora tipifica este delito y establece penas de entre 40 y 50 años de cárcel para quienes cometan asesinatos por razones de género.




El Primer Tribunal Alterno contra el femicidio/feminicidio, convocado por la Tribuna contra los Femicidios en Honduras, que aglutina a ocho organizaciones de mujeres, falló contra el Estado por negligencia y desinterés en la prevención, atención y resolución de estos casos, así como la falta de la debida diligencia.






En El Salvador, el Centro de la Mujer (Cemujer) denunció un aumento del número de casos en ese país, al registrar 274 entre el 1 de enero y el 30 de junio de este año; otro significativo número de mujeres continúan desaparecidas.






Muchas de las mujeres asesinadas y desaparecidas tienen algún vínculo de trabajo o sentimental con miembros de las pandillas, sin embargo las autoridades salvadoreñas ven esa situación como algo normal, según la información de Cemujer.






Mientras que en Guatemala, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) reportó al menos 403 muertes violentas de mujeres durante el primer semestre de 2013, 66 más que las registradas en 2012 en el mismo periodo.




Guatemala cuenta con una Fuerza de Tareas contra el Femicidio/feminicidio, con una coordinadora para Prevenir la Violencia y con un sistema jurídico especializado en este tema y violencia contra las mujeres, como la principal institucionalidad para combatir ese fenómeno.


En este país también existe una Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, que lo tipifica y define a la saña y la misoginia como elementos clave en la resolución de casos.

La Red de Mujeres contra la Violencia de Nicaragua también reportó que en ese país los asesinatos dolosos contra mujeres por razón de género aumentó en los últimos meses; 43 mujeres fueron asesinadas entre enero y junio de este año, ocho más que las reportadas en el mismo periodo de 2012.














En un comunicado, la Red señaló que el aumento en el número de casos se debe a la falta de aplicación correcta de la Ley contra la Violencia hacia las Mujeres, que entró en vigor en julio de 2012.

fuente: AWID

MÉXICO: PODRÁN VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INICIAR PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Chimalhuacán.-En apoyo a los grupos vulnerables de Chimalhuacán, la Defensoría Municipal de Derechos Humanos expedirá los formatos necesarios para que las víctimas de violencia intrafamiliar puedan iniciar procedimientos jurídicos para demandar pensión alimenticia.





El ombudsman municipal, Mario Francisco Flores González, explicó que a petición del Poder Judicial del Edomex, el gobierno del Nuevo Chimalhuacán, a través de la dependencia que encabeza, expedirá los formatos: Demanda de Alimentos, Consignación de Alimentos,

Demanda de Violencia Familiar para el Procedimiento de Conciliación y Demanda para el procedimiento de Controversia de Violencia Familiar, en conformidad con lo dispuesto en la Gaceta Oficial del Poder Judicial del Estado de México.

Los formatos están dirigidos básicamente para la población de escasos recursos, a la cual, explicó Francisco Flores, se le dificulta pagar un abogado: “cualquier persona que sufra de violencia intrafamiliar o que demande pensión alimenticia podrá acceder a ellos”.

El ombudsman de Chimalhuacán explicó que, luego de llenar el formato, los interesados deberán acudir al juzgado civil e integrar el expediente correspondiente, después solicitarán, en el caso de que lo requieran, la asistencia de un abogado de oficio.

El defensor municipal de Derechos Humanos recordó que los formatos son completamente gratuitos e invitó a los interesados a acercarse a las instalaciones de la Defensoría Municipal de Derechos Humanos, ubicadas en el número 4 de la calle 16 de septiembre, en la Cabecera Municipal, para que allí se les proporcione la orientación debida.


FUENTE: EL PUNTO CRÍTICO. MX. 

DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR A LA VIOLENCIA DE GÉNERO.

Título original: " una piña a la violencia en la familia"

Este martes, en un plenario de comisiones del Senado, se discutió una iniciativa presentada por Aníbal Fernández y Elena Corregido que prevé erradicar la violencia y el abuso de poder en el ámbito familiar.


Muchas iniciativas en torno a la violencia familiar y de género fueron ampliamente debatidas durante el último año en el Congreso de la nación. Se realizaron avances en este sentido, como la tipificación del delito del femicidio y otro tipo de alternativas que permiten brindar herramientas de lucha institucional contra estas problemáticas.

Para continuar en esta línea de debate, este martes en el Senado se realizó un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto, en miras a tratar un proyecto ambicioso que busca atacar estos flagelos desde su núcleo. Se trata de una iniciativa de los senadores Aníbal Fernández (FpV) y Elena Corregido (FpV) en la que buscan erradicar la violencia y el abuso de poder en el ámbito familiar.



En el debate se pusieron de manifiesto algunos de los puntos principales establecidos en la propuesta. En primera instancia, se destacó que las víctimas de estos flagelos podrán solicitar el restablecimiento en orden a las leyes vigentes en relación a este tema, consignando al mismo tiempo que deberán prevalecer siempre las normativas que brinden mayores garantías a las personas, sean del ámbito provincial o nacional.

Pero un punto importante en este sentido es que esa previsión será aplicada de forma independiente a los procesos de divorcio, alimentos, tenencia y regímenes de visita o cualquier juicio entablado en el marco del Derecho de Familia o procesos penales que afecten a las partes. Lo establecido en la ley no afecta ni reemplaza a estas instancias.

Los legisladores definieron a la violencia y el abuso de poder en el ámbito familiar como “toda acción, omisión o manipulación crónica, permanente o periódica, generadora de riesgo actual, que afecte la integridad física, psicológica, emocional, sexual, económica o la libertad de un integrante del grupo familiar”.


Al mismo tiempo, la iniciativa de Fernández y Corregido consigna algunos principios de PREVENCIÓN, como el hecho de que el juez que reciba una denuncia de este tipo deberá, de acorde al caso, disponer medidas de protección de urgencia, con independencia de la posibilidad de que en un futuro la causa no esté en sus manos por cuestiones de competencia.

En los fundamentos, los senadores precisan que “la iniciativa tiene por finalidad garantizar el efectivo goce de estos derechos y sancionar a quienes, dentro del ámbito de los grupos familiares, los restringen, avasallan o lesionan. Propicia asegurar los derechos de las víctimas a recibir atención psicológica, médica y jurídica especializada, reparación de los daños sufridos, protección, seguridad, información y asistencia social dentro o fuera del hogar mediante programas adecuados, para su recuperación e integración familiar, social y laboral”.

“En lo atinente a los agresores, se pretende determinar su responsabilidad por el daño causado, la reparación de sus consecuencias, la sanción por el ilícito cometido y su derivación a programas o tratamientos especializados, a fin de superar las causas que dieron origen a su accionar violento”, agregan los legisladores



Al mismo tiempo, Fernández y Corregido destacan que “la asimetría del poder es una de las características más comunes de la violencia familiar, en la cual una persona con más poder abusa de otra con menos poder, sin que quede descartada la presencia de una patología, que en esta materia no quita responsabilidad al agresor por sus actos”.

FUENTE: DIARIO JUDICIAL 

SENADO EVALÚA PROYECTO SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR Y PENAS PARA CLIENTES DE VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS

El Senado analizó hoy en comisiones dos proyectos referidos la sanción de la violencia familiar y a la creación de penas para quienes que utilicen los servicios sexuales de víctimas de trata de personas.



En un plenario de las comisiones de Justicia, de Trabajo y Previsión Social y de Banca de la Mujer, se analizaron ambos proyectos pero se demoró la firma del dictamen a la espera de que los asesores legales de las comisiones se reúnan para tratar de unificar las dos iniciativas.

Del plenario participaron la psicóloga Eva Giberti y el juez Carlos Rozanski, quienes opinaron sobre los proyectos.




La iniciativa sobre violencia familiar establece que "cualquier persona que sienta vulnerados sus derechos en el ámbito del grupo familiar podrá solicitar su restablecimiento" y apunta a la protección de todos los integrantes de un grupo familiar, sin distinción de edad o sexo.

También establece que "cuando los damnificados fueren adultos, la denuncia la hará la persona afectada" mientras que en caso de ser menores podrán denunciar por sí mismos y "se deberá garantizar su derecho a ser oídos" en cualquier instancia donde se informe la denuncia.

Giberti señaló que "la víctima debe denunciar" pero advirtió que "hay que tener cuidado con esto porque, entonces, la responsabilidad carga sobre la víctima" de una situación de violencia familiar.

En este sentido, explicó que "desde 2006, en la Ciudad de Buenos Aires hubo 18.127 víctimas, pero el 38 por ciento de ellas no quieren denunciar".

"Esta ley va a indicar el tratamiento psicológico que corresponde para los agresores, orientada a la búsqueda de responsabilidad del agresor, que en general no se reconoce como tal", agregó Giverti.



Por otra parte, la iniciativa sobre trata de personas propone incorporar al Código Penal el artículo 127 bis, para establecer penas de uno a tres años de prisión para quien "utilice o procure servicios sexuales de una persona sabiendo o debiendo saber que es una víctima de trata de personas".

Respecto de este proyecto, Rozanski consideró que es importante incluir la responsabilidad de los clientes de la trata de personas "porque si no hubiera clientes la trata no sería un negocio".



"No pueden quedar afuera de la sanción los clientes, porque sin clientes no hay trata y sin sanción de clientes no puede avanzarse. La ley debe tomarlo como un delincuente y debe tratarlo como tal", agregó el magistrado.

Giberti coincidió al señalar que las víctimas de trata "son víctimas esclavas y lo que hacen con su cuerpo no es una clase de trabajo" y afirmó que "esto es un delito y el cliente es un cómplice del tratante".



"Los organismos internacionales denuncian la trata y la ponen como parte del crimen organizado, pero cuando hay que tratarlo, se niegan a incluir al cliente como parte. Todos esos convenios son firmados por varones, por lo que se entiende que no quieran usar la palabra cliente , porque el 99,9 por ciento de los clientes son varones", evaluó.

FUENTE: Noticias Argentinas

jueves, 1 de agosto de 2013

CASO JOHANA CASAS: CINGOLANI PODRÍA QUEDAR EN LIBERTAD EL LUNES

Se encuentra preso en la alcaldía de Pico Truncado, por el crimen de Johana Casas, su ex novia y hermana de su actual esposa, Edith Casas.



El miércoles pasado, la Cámara del Crimen de Caleta Olivia dio lugar al pedido de excarcelación que presentó su abogado defensor, Lucas Chacón. El fiscal señaló que no hay pruebas que involucren a Cingolani en la escena del crimen. El Tribunal fijó una fianza de 200 mil pesos para que salga en libertad. Su familia ya presentó en forma de garantía dos autos y una propiedad. “Estamos esperando ansiosos a que salga y que la Justicia haga lo que realmente tiene que hacer”, señaló la hermana de Víctor, Claudia Cingolani.

 El caso

 El 16 de julio del 2010, un hombre encontró en un descampado el cuerpo de Johana Casas (21). La habían asesinado de dos balazos: uno en el corazón y otro en las costillas. Desde el primer momento, el foco estuvo puesto en dos sospechosos: su pareja de aquel momento, Marcos “el Tosco” Díaz y Víctor Cingolani, ex de Johana que ya en ese entonces salía con hermana gemela, Edith.

Según los investigadores, ambos se habrían puesto de acuerdo para matar a la víctima. Cingolani fue el primero en ser apresado, mientras que Díaz se mantenía prófugo. En julio del año pasado, Víctor fue condenado a 13 años de prisión por ser el autor material del asesinato. La causa tomó mayor notoriedad cuando Edith Casas decidió casarse con el asesino de su hermana, contra la voluntad de su familia. Sin embargo, la causa dio un gran giro hace poco más de un mes, cuando Díaz fue condenado a 12 años de cárcel por el mismo delito, aunque con un detalle: en la escena del crimen sí encontraron ADN y huellas que involucran a Díaz, no así a Cingolani.

 Fuente: Imagen y noticias.-/ El Periódico Austral